Prelado de honor de Su Santidad, antes conocido como prelado doméstico de Su Santidad, fue un título honoríficos otorgado por una concesión especial de la Santa Sede a los presbíteros. Por lo general se concedía a petición del obispo de la diócesis para los sacerdotes considerados meritorios, aunque muy raramente en conjunción con el título honorífico de capellán de Su Santidad.
La Instrucción para la transferencia de las concesiones papales, promulgada por la Secretaría de Estado de la Santa Sede el 13 de mayo de 2001, establecía que el título se podía conceder a los sacerdotes del clero secular, eclesiásticos en el servicio diplomático de la Santa Sede y los funcionarios de la Curia Romana y que hubieran completado al menos cuarenta y cinco años de sacerdocio. Como regla general, se debía solicitar primero el título de capellán de Su Santidad antes del título de prelado de honor. Entre el primer y el segundo grado debían pasar por lo menos diez años. Para cada diócesis, el número total de monseñores no podía superar el 10 % del clero. En enero de 2014, este título fue abolido por el Papa Francisco con la idea de reducir los títulos honoríficos dentro de la Iglesia católica. Actualmente solo se utiliza el título de capellán de Su Santidad, otorgado a los sacerdotes que lo merezcan y que hayan cumplido los 65 años de edad (y no 35 años, como en el pasado).[cita requerida]